Documentos


Para poder empezar a realizar cualquier tipo de trabajo en nuestra obra es necesario tener una serie de documentación y trámites aprobados . Algunos de ellos deben ser aportados por la dirección de obra, coordinador o promotor, como el libro de ordenes y asistencia, el libro de incidencias o el acta de replanteo, justo al comienzo de la obra. Vamos a mostrar los documentos a aportar por la constructora, que en el mayor de los casos son redactados y realizados por el jefe de obra.

Plan de Seguridad y Salud


Es aconsejable comenzar redactando el plan de seguridad y salud de la obra, porque será necesario tenerlo realizado y aprobado por el coordinador de seguridad y salud para poder solicitar otros trámites. No nos vamos a extender en explicar los contenidos y realización de un buen plan seguridad y salud puesto que hay portales muy completos dedicados a ello. Lo que si haremos es dejar disponible la descarga de un plan de seguridad de ejemplo que puede servir de base para realizar el vuestro. Siempre se debe tener en cuenta que el plan que redactemos debe estar los más adaptado posible a los trabajos de obra que vamos a realizar y a los medios tanto de equipamiento como auxiliares que vayamos a utilizar, de modo que se deberá eliminar trabajos y equipos que no correspondan con nuestra obra, así como añadir los que faltan. Junto a la memoria es necesario incluir ciertos planos, como mínimo un plano de acceso al lugar, un plano de centros sanitarios cercanos y otro de organización interior de la obra (situación de casetas, acopios, etc.). A partir de estos se puede completar todo lo que se desee, se pueden incluir planos con la seguridad en las distintas fases de obra, otro con los elementos de seguridad y señalización, y todos los que consideremos necesarios para que quede bien definida la seguridad de nuestra obra.

Descarga: Plan de Seguridad y Salud

Apertura de Centro de Trabajo


Cuando se vaya a realizar una actividad en un lugar, es obligatorio ponerlo en conocimiento de la administración, se dispone de un plazo de 30 días desde el inicio de la actividad para realizar el trámite, salvo en la construcción, este debe realizarse antes del inicio de la obra. Con el plan seguridad y salud aprobado por el coordinador de seguridad y salud se puede proceder a la comunicación de apertura de centro de trabajo, puesto que es documento indispensable para la solicitud.

Cada Comunidad Autónoma tiene su formulario para la entrega de la solicitud, así como otros requisitos diferentes (número de copias a entregar, documentación extra, etc.). También difieren en el modo de presentación de solicitud, en todas las comunidades se puede entregar presencialmente ante la entidad competente, pero solo en algunas se puede realizar telemáticamente, con el correspondiente certificado electrónico. A continuación incluimos un listado con el enlace a los requisitos y entidades para solicitar la comunicación de apertura de centro de trabajo de las distintas comunidades autónomas.

Lista de Comunidades

Libro de Visitas


Junto con la solicitud de apertura de centro de trabajo se puede autorizar el Libro de Visitas. Todas las empresas deben de tener en cada centro de trabajo un Libro de Visitas. Dicho libro deberá estar permanentemente a disposición de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, de los Subinspectores de Empleo y Seguridad Social y de los técnicos habilitados. Este libro no se adquiere en la unidades administrativas, se encuentra disponible en papelerías técnicas y estancos, se rellenará debidamente y se presentará para su aprobación. También se podrá solicitar la sustitución de dicha obligación de libro de visitas en papel, por el alta en la aplicación informática del Libro de Visitas electrónico, teniendo en cuenta que deberá haber al menos un ordenador personal con dispositivo de lector de tarjetas inteligentes con acceso habilitado, a través de internet, a la Aplicación del LVE, en el centro de trabajo.

Libro de Subcontratación


Siempre que una empresa contratista subcontrate todo o parte de la obra, está obligada a la llevanza de un libro de subcontratación, que podrá habilitarse en cualquiera de los tres Servicios Provinciales de Economía y Empleo. Si en la misma obra hay varios contratistas, cada uno de ellos debe llevar su libro de subcontratación respecto de la parte de obra que ejecute. Este libro no se adquiere en la unidades administrativas, se encuentra disponible en papelerías técnicas y estancos, se rellenará debidamente y se presentará para su aprobación.

El contratista deberá:
     1.- Tenerlo presente en la obra.
     2.- Mantenerlo actualizado.
     3.- Permitir el acceso al Libro a:
        * Promotor, a la dirección facultativa y al coordinador en seguridad y salud durante la ejecución de la obra.
        * Empresas y trabajadores autónomos de la obra.
        * Técnicos de prevención.
        * Delegados de prevención y representantes de los trabajadores de las empresas que intervengan en la obra.
        * Autoridad Laboral.
     4.- Conservarlo durante los cinco años posteriores a la finalización de su participación en la obra.

Licencias


La obligación de la solicitud de las correspondientes licencias de obras corresponde al promotor. Salvo en obras de licitación pública, que es posible que en sus bases incluya que sea el constructor que se haga cargo de las mismas. Según el tipo de obra y el organismo que publicite la licitación será necesario la solicitud de la correspondiente licencia y su pago o no.

Aunque la constructora no sea la responsable de solicitar la licencia oportuna, el técnico siempre deberá confirmar que se haya realizado y que está correctamente. Puede ocurrir que exista licencia aprobada de obra pero que sea insuficiente, ciertas obras por sus características o situación pueden necesitar permisos adicionales de otros organismos, como obras cerca de carreteras, cerca de costas, o de espacios protegidos, Se debe confirmar que el lugar donde se va a ejecutar la obra no posea ningún régimen especial  En caso de comenzar las obras sin los debidos permisos puede ser la constructora la responsable de las sanciones correspondientes.